¿Estás pensando en renovar tu baño este año? Si es así, ten en cuenta que sustituir la bañera por una ducha es una reforma que puede reportarte beneficios fiscales. En concreto, este tipo de obra puede ser deducible en tu declaración de la renta si cumples con los requisitos establecidos por Hacienda. Antes de ponerte manos a la obra, infórmate bien sobre las condiciones que debes cumplir para poder desgravarte los gastos.

Para poder desgravarse una reforma de baño en la declaración de la renta de, hay que tener en cuenta varios puntos importantes:

  • Las obras de reforma deben ser destinadas a la renovación de baños, aseos y cocinas, así como a la sustitución de bañeras por platos de ducha. Esto incluye la colocación de nuevas griferías, sanitarios, pavimentos y revestimientos.
  • El coste del material empleado no puede superar el 33% del total de la reforma. Asimismo, no se podrán pagar cantidades en efectivo. Es necesario conservar todas las facturas y justificantes de pago por transferencia bancaria.
  • Solo se podrán acoger a esta deducción las personas físicas con ingresos inferiores a 53.007,20 €, así como las comunidades de propietarios. No podrán beneficiarse quienes actúen como empresarios o profesionales.
  • Las reformas deberán favorecer el ahorro de agua, energía o combustibles. Por ejemplo, la sustitución de una bañera por un plato de ducha reducirá el consumo de agua.
  • La deducción máxima será de 5.000 € por vivienda y año. En el caso de comunidades de propietarios, la deducción máxima por vivienda será de 1.000 €.
  • Solo se podrán deducir en el IRPF las obras iniciadas desde el 6 de octubre de 2021.

En conclusión, para poder desgravar fiscalmente una reforma de baño en 2024, debe tratarse de una obra de renovación que fomente el ahorro y el acceso, realizada por personas físicas con ingresos medios, cuyo coste de materiales no supere 1/3 del total y no se haya pagado en efectivo. La deducción máxima por vivienda será de 5.000 €.

Persona desgrabandose su reforma de cambio de bañera por ducha echa por securibath

Otros gastos desgravables en una reforma de baño

Si la reforma de su baño incluye sustituir la bañera por una ducha, hay otros gastos relacionados que puede deducirse fiscalmente.

Es posible desgravar hasta un 20% del coste de las barras de sujeción y asideros que se instalen para mejorar la accesibilidad y seguridad. Del mismo modo, si opta por colocar un plato de ducha con aro antideslizante o un suelo radiante eléctrico, estos elementos también entrarían dentro de las deducciones por obra de mejora.

Otros gastos deducibles son la instalación de dispositivos que favorezcan el ahorro de agua como grifería termostática, cabezales de ducha economizadores o inodoros de doble pulsador. De igual forma, como válvulas termostáticas o hidróstaticas.

En cuanto a los acabados, si elige revestimientos cerámicos, pétreos o hidrófugos (impermeables) tipo porcelánico para las paredes y suelos de la ducha, estos materiales cumplen los requisitos para poder desgravar fiscalmente su coste.

Por último, si durante las obras tuviera que realizar trabajos de albañilería, fontanería, electricidad o similares para adaptar el espacio, también podrá incluir los honorarios de los profesionales correspondientes entre las deducciones, siempre que no superen el 33% del total de la reforma.

La reforma del baño y el IRPF 2024

En cuanto a las novedades y cambios relevantes en la desgravación de la reforma del baño en el IRPF 2024, se presentan varios aspectos clave.

Primero, el Real Decreto 31/2023, de 24 de enero, introdujo cambios significativos en la desgravación por inversión en vivienda habitual.

Por otro lado, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España ha establecido tres nuevas deducciones temporales en la desgravación de reformas.

Por último, las reformas que permiten reducir en un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en la vivienda pueden contar con una deducción del 20% en el IRPF.

Toda esta información se encuentra en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

Bibliografía

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BOE. (s. f.-b). https://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-6820.

BOE. (s. f.-c). https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-9340.

Proyectos Habitissimo. (s. f.). https://proyectos.habitissimo.es/proyecto/se-puede-desgravar-reforma-del-bano/.