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La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso de los Diputados ha aprobado, por unanimidad, el proyecto de ley que establece sanciones de hasta un millón de euros a las empresas que discriminen a las personas discapacitadas.

El proyecto de ley considera infracciones las discriminaciones directas o indirectas y los acosos, así como el incumplimiento de las exigencias de accesibilidad las que están sometidas las instituciones.

Igualmente, el texto fija sanciones a las empresas que no realicen los «ajustes razonables» que demanden sus trabajadores dependientes y a las que no pongan en marcha las medidas de acción positiva legalmente establecidas, especialmente cuando se deriven beneficios económicos para el infractor.

Las infracciones podrán ser leves, graves o muy graves y conllevarán multas que oscilarán entre un mínimo de 301 euros y un máximo de un millón de euros. Los criterios en la graduación de las sanciones serán la intencionalidad del sujeto infractor, la negligencia, el fraude, el incumplimiento de las advertencias previas, los ingresos de la empresa, la reincidencia y el número de personas afectadas.

Este proyecto de ley, que entrará en vigor a los tres meses de su aprobación definitiva, regula el régimen de sanciones ante las infracciones que cometan las organizaciones que vulneren la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad.

La Comisión de Trabajo ha decidido que el Gobierno, durante los cuatro años posteriores a la entrada en vigor de esta ley, presente un informe anual a las Cortes sobre las actuaciones realizadas para aplicar la norma. Asimismo, el documento deberá reflejar las infracciones cometidas y las sanciones impuestas en ese año.